El lunes por la noche, diversos medios digitales de Mendoza difundieron una misma información: una joven que realizaba grafitis en la Ciudad de Mendoza podría recibir una sanción de hasta diez millones de pesos. Más allá de la situación puntual, el caso plantea interrogantes de fondo sobre el derecho a la cultura, la participación ciudadana y el reconocimiento de las prácticas artísticas en el espacio público.
La posible multa se desprende de la aplicación del Código de Convivencia de la Ciudad de Mendoza. Sin embargo, antes de concentrarse en el monto, surgen preguntas básicas: ¿quién redactó ese código?, ¿intervinieron artistas visuales, muralistas o grafiteros en su elaboración?, ¿existió una instancia efectiva de discusión con la comunidad cultural o las reglas fueron definidas dentro de los ámbitos institucionales y luego presentadas como una decisión colectiva?
El punto resulta relevante porque el Código de Convivencia suele ser presentado como un instrumento de participación ciudadana. No obstante, integrar un jurado vecinal no equivale a participar en la definición de las normas que luego se aplican. Cuando los límites de la discusión ya han sido establecidos por funcionarios y cuerpos legislativos, la participación puede quedar reducida a una validación de resoluciones adoptadas previamente.
Desde una perspectiva de democracia participativa, la cuestión central es quién define los problemas públicos y quién puede intervenir en la elaboración de sus respuestas. Si el espacio público pertenece a todes, cabe preguntarse por qué las discusiones acerca de las formas legítimas de intervenirlo permanecen limitadas a instancias institucionales en las que la comunidad artística tiene escasa representación.
También resulta problemático el modo en que gran parte de la cobertura periodística ha formulado el debate, a través de una asociación casi inmediata entre graffiti y vandalismo. Ambos conceptos no son equivalentes. El graffiti es una práctica cultural y artística con una extensa trayectoria histórica, mientras que el vandalismo alude al daño deliberado sobre bienes o espacios.
Equiparar ambas nociones invisibiliza la dimensión cultural de estas intervenciones y cierra la discusión antes de que pueda desarrollarse. El arte urbano cuenta con una tradición artística, cultural y política construida, en buena medida, en tensión con las normas vigentes, al cuestionar fronteras, jerarquías y formas de apropiación del espacio público. Si toda intervención no autorizada se define automáticamente como vandalismo, el tema deja de ser cultural y pasa a ser tratado únicamente como un asunto policial o administrativo.
La situación adquiere mayor relevancia al observar las políticas culturales mendocinas. La investigación Las políticas públicas para las artes visuales y el trabajo artístico y cultural en Mendoza entre 2020-2021, de Zappettini (2026), indica que más de la mitad de las instancias de sostenimiento de las trayectorias artísticas dependen del financiamiento público. El estudio también advierte una marcada discontinuidad de las políticas culturales, una articulación limitada entre municipios y provincia, y la falta de un diagnóstico compartido para el sector.
En este contexto, el Estado ocupa un lugar decisivo para sostener las trayectorias artísticas, aunque las herramientas de respaldo suelen ser insuficientes, discontinuas o carecen de permanencia en el tiempo. Por eso aparece una paradoja: existen mecanismos definidos para sancionar determinadas prácticas culturales, mientras siguen siendo limitadas las políticas orientadas a promoverlas, comprenderlas o integrarlas en estrategias más amplias de desarrollo cultural.
La cifra de la sanción también exige una consideración específica. Diez millones de pesos no representan una multa simbólica ni una contravención menor, sino una suma inaccesible para gran parte de quienes trabajan en actividades artísticas y culturales. La Organización Internacional del Trabajo, en documentos de 2004 y 2014, y la UNESCO, en su recomendación de 1980, han señalado las condiciones de precariedad, inestabilidad laboral e incertidumbre económica que afectan históricamente a artistas y trabajadores de la cultura.
En igual sentido, la investigación sobre artes visuales en Mendoza de 2026 concluye que la pandemia no originó la crisis cultural, sino que profundizó dificultades estructurales preexistentes. La fragilidad económica, la irregularidad de las fuentes de financiamiento y los obstáculos para acceder a sistemas de protección social forman parte de ese escenario. Los resultados muestran que las trayectorias artísticas mendocinas dependen ampliamente de recursos públicos, mientras las políticas destinadas al sector afrontan importantes problemas de continuidad.
Se trata, por lo tanto, de un campo artístico atravesado por condiciones de vulnerabilidad económica. Una sanción de esta magnitud no puede ser entendida solamente como una medida administrativa. Si la penalización puede equivaler a años de ingresos para una trabajadora cultural, el debate incluye necesariamente la proporcionalidad de la pena y sus efectos materiales. Más que una multa, podría convertirse en una condena capaz de comprometer seriamente una trayectoria artística y económica.
El caso suma otra dimensión por tratarse de una mujer y producirse a pocos días del 39 Encuentro Plurinacional de Mujeres y Disidencias, uno de los principales ámbitos de organización política y debate colectivo del país. Desde ese espacio se reclama de forma sostenida la incorporación de la perspectiva de género en las políticas públicas.
La investigación de 2026 registró una participación significativa de mujeres y disidencias en la Asamblea de Trabajadorxs de las Artes Visuales de Mendoza. Sin embargo, esa presencia no tiene una correspondencia equivalente en las políticas públicas dirigidas al sector. Aunque mujeres y disidencias participan activamente en la producción artística y cultural, continúan con una representación insuficiente en los mecanismos de financiamiento, reconocimiento y diseño de políticas culturales.
Por otro lado, la noticia parece partir de la idea de que existe un acuerdo social claro sobre los usos del espacio público. La historia reciente de Mendoza muestra que no siempre es así. Los conflictos vinculados al agua, entre ellos las movilizaciones contra el proyecto San Jorge en 2025, revelan desacuerdos profundos respecto de quién toma decisiones sobre los bienes comunes y mediante qué mecanismos de participación democrática.
Asimismo, no es la primera vez que políticas centradas exclusivamente en la criminalización del graffiti generan conflictos. Un antecedente emblemático ocurrió en Bogotá en 2011, cuando el joven grafitero Diego Felipe Becerra fue asesinado por un policía mientras realizaba una pintada. La conmoción que provocó el hecho impulsó un debate profundo sobre las políticas urbanas vinculadas al graffiti y el arte callejero, y mostró que la respuesta punitiva no es la única alternativa posible.
Experiencias de distintas ciudades latinoamericanas señalan que existen opciones diferentes a la criminalización. Allí donde los conflictos entre gobiernos y artistas urbanos fueron abordados únicamente mediante sanciones, los problemas no desaparecieron. En cambio, numerosas políticas obtuvieron mejores resultados al incorporar diálogo, mediación y participación de las comunidades artísticas en la elaboración de soluciones.
La discusión principal, entonces, no debería limitarse a establecer cuánto debe pagar una grafitera, sino a definir qué lugar ocupa la cultura en la ciudad que se busca construir. Si las únicas respuestas ante una práctica artística son la sanción y la judicialización, el problema excede al graffiti: expresa la falta de una conversación democrática sobre el derecho a la cultura, el uso del espacio público y la participación efectiva de quienes producen arte en la provincia.
Antes de debatir cómo castigar una intervención urbana, resulta necesario preguntarse por qué persisten las dificultades para construir políticas culturales capaces de incluirla, discutirla y comprenderla. También cabe interrogarse por qué parece más sencillo imponer una multa millonaria a una artista que garantizar condiciones dignas para el desarrollo del trabajo cultural.
Referencias
- Diario El Sol (2026). La atraparon pintando 22 grafitis y el Jurado Vecinal la sancionó.
- Diario Mendoza (2026). Pintó 22 grafitis en Capital y podría recibir multas por hasta $10 millones.
- Diario UNO (2026). Jurado vecinal halló responsable a una mujer por 22 grafitis: la multa podría llegar a $10 millones.
- La Izquierda Diario (2025). El agua de Mendoza no se negocia. Multitudinaria movilización en Mendoza contra el proyecto San Jorge.
- Los Andes (2026). La vieron haciendo un graffiti en Mendoza y fue vinculada con otras 21 pintadas: qué decidió un Jurado Vecinal.
- Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (2024). En el Día del arte urbano recordamos a Diego Felipe Becerra y su legado de lucha y resistencia.
- Organización Internacional del Trabajo (2014). Las relaciones de trabajo en las industrias de los medios de comunicación y la cultura.
- Organización Internacional del Trabajo (2004). El futuro del trabajo y de la calidad en la sociedad de la información: el sector de los medios de comunicación, la cultura y las industrias gráficas.
- UNESCO (1980). Recomendación de 1980 relativa a la condición del artista.
- VoxPopuli (2026). Hizo grafitis en Mendoza y ahora enfrenta una multa de hasta $10 millones.
- Zappettini, V. F. (2026). Las políticas públicas para las artes visuales y el trabajo artístico y cultural en Mendoza entre 2020-2021. Tesis de licenciatura, Universidad Nacional de Cuyo.
