Milton Tolomeo y Eneas Gallo irán a juicio tras protestar contra la Reforma Laboral

Milton Tolomeo y Eneas Gallo continúan detenidos en el penal federal de Marcos Paz y serán sometidos a juicio, aunque todavía no se fijó una fecha. De acuerdo con un mensaje difundido por Eva del Rosario, compañera de Tolomeo, la etapa de instrucción concluyó sin que se conocieran los resultados de pericias toxicológicas ni de análisis de dispositivos, por lo que el debate oral podría realizarse recién el año próximo.

Ambos trabajadores fueron detenidos luego de participar de la movilización realizada frente al Congreso contra la Reforma Laboral. Tolomeo está privado de su libertad desde febrero y Gallo desde marzo. La causa los acusa de intimidación pública, atentado y resistencia a la autoridad y tenencia de material incendiario, delitos que contemplan penas de entre 5 y 15 años de prisión.

En el mismo expediente están procesados, aunque permanecen en libertad, Oscar Rubén “Homero” Aguirre y Néstor Gabriel Barrera, señalados como partícipes de los hechos investigados.

El fiscal federal Carlos Stornelli solicitó además la aplicación del agravante previsto en el artículo 41 quinquies del Código Penal. Esa norma establece la duplicación de las penas cuando un hecho se comete con la finalidad de “aterrorizar a la población u obligar a autoridades públicas nacionales, gobiernos extranjeros o agentes internacionales a realizar un acto o abstenerse de hacerlo”. Según las organizaciones que intervienen en la defensa, esta petición implica atribuirles una calificación vinculada al terrorismo.

Las familias de Tolomeo y Gallo promueven un petitorio por su liberación y el cierre de las causas. En el texto sostienen que ambos son trabajadores precarizados detenidos en el Centro Penitenciario N.º 2 de Marcos Paz por ejercer su derecho constitucional a la protesta. Para adherir, convocan a comunicarse con la Coordinadora por la Libertad de lxs Presxs Políticxs.

El planteo de la Gremial de Abogadxs y Correpi

La Gremial de Abogadxs y la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi) difundieron un documento en el que cuestionan la investigación y reclaman la libertad de los detenidos.

Según esas organizaciones, el 11 de febrero de 2026, día en que el Congreso Nacional sancionó la denominada Ley de Reforma Laboral, se realizó una movilización masiva en la Plaza de los Dos Congresos. Señalan que participaron centrales sindicales, gremios y numerosas personas que expresaron su rechazo a la iniciativa.

El documento afirma que, días después de aquella protesta, varias personas fueron identificadas mediante mecanismos que califican como dudosos, entre ellos ciberpatrullaje y reconocimiento facial, y luego detenidas bajo acusaciones por delitos graves.

La Gremial de Abogadxs y Correpi indican que, desde mediados de febrero, permanecen detenidos en Marcos Paz Milton Iván Tolomeo y Eneas Germán Gallo Salomone Croft. También precisan que Aguirre y Barrera fueron detenidos y posteriormente excarcelados, aunque continúan procesados.

Las organizaciones denunciaron que, al ser arrestado, Tolomeo fue incorporado por orden del Ministerio de Seguridad Nacional al SIGGPLAR, el Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo. Según su relato, esa medida implicó un régimen de aislamiento, sin comunicación ni visitas familiares o de sus defensores, con una o dos horas de recreación fuera de la celda y vigilancia de personal del Servicio Penitenciario Federal con el rostro cubierto. Añadieron que, un mes después, lograron su traslado a un pabellón común.

Respecto del agravante solicitado por Stornelli, el documento recuerda que el artículo 41 quinquies fue incorporado al Código Penal en 2011 mediante la ley 26.734, en el marco de las llamadas leyes antiterroristas, y que fue ampliado en 2024 con la ley 27.739. Las entidades cuestionan que la figura pueda duplicar la escala penal y consideran que sus términos son amplios y sujetos a interpretación.

También sostienen que la propia norma excluye la aplicación del agravante cuando los hechos ocurren en ejercicio de derechos humanos, sociales o constitucionales. Sin embargo, advierten que la falta de precisión en sus definiciones puede favorecer, a su entender, la persecución y criminalización de la protesta social.

El texto menciona que un juez y la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad habían descartado inicialmente calificar como terrorista la conducta atribuida a Tolomeo, Gallo, Aguirre y Barrera. No obstante, señala que Stornelli reformuló su acusación y que el juez Ariel Lijo dictó el auto de elevación a juicio.

Las organizaciones defensoras vinculan el caso con las consecuencias que atribuyen a la reforma laboral, entre ellas el aumento de la desocupación, la pérdida de empleos registrados, la precarización y el endeudamiento de las familias. Asimismo, cuestionan las políticas de seguridad y denuncian un incremento de detenciones arbitrarias, torturas y casos de gatillo fácil.

Finalmente, describen a Tolomeo, Gallo y Aguirre como trabajadores con arraigo familiar y laboral, y señalan que Barrera se encuentra en situación de calle. Reclaman la libertad de los cuatro imputados y el cierre de la causa, bajo la consigna de que el derecho a la protesta no debe ser considerado terrorismo.