El DNU 70/2023, publicado por el gobierno de Javier Milei en diciembre de 2023 bajo el nombre de “Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina”, introdujo modificaciones y derogaciones sobre numerosas leyes mediante sus 366 artículos. Sus efectos alcanzan áreas cotidianas de la economía, entre ellas alquileres, salud, empresas públicas, tierras rurales, comercio exterior, producción, transporte e internet.
La Cámara de Diputados convocó una sesión especial para el 15 de octubre con el objetivo de debatir el rechazo del decreto. La convocatoria se produjo luego de que la Corte Suprema revocara el fallo que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU, que derogó la Ley 26.737 de Tierras Rurales.
El Senado rechazó el DNU 70/2023 el 14 de marzo de 2024. Si Diputados adopta la misma posición, se completará el rechazo de ambas cámaras y el decreto quedará derogado. Para iniciar la sesión se requieren 129 diputados en sus bancas y, una vez reunido el quórum, el rechazo necesita mayoría simple de los presentes.
Alquileres
El decreto derogó la Ley de Alquileres y modificó el Código Civil y Comercial, habilitando a propietarios e inquilinos a pactar libremente cuestiones como el plazo contractual, la moneda y los mecanismos de actualización. Según un informe del Centro de Estudios para la Recuperación Argentina de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA, desde la derogación de la ley los alquileres duplicaron a la inflación.
Si el DNU fuera derogado, volvería el régimen anterior, con contratos de tres años y actualización semestral por el índice Casa Propia. Existe una discusión jurídica sobre la norma específica que recuperaría vigencia, debido a los cambios legislativos ocurridos antes y después de 2023. Sin embargo, la derogación eliminaría el esquema desregulado establecido por el Gobierno. Organizaciones como Inquilinos Agrupados participan de las convocatorias contra el decreto.
Tierras rurales
El artículo 154 del DNU eliminó la Ley 26.737 de Tierras, que imponía límites a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. La norma establecía que la propiedad extranjera no podía exceder el 15% del total de las tierras rurales a nivel nacional, provincial y municipal o departamental.
Además, personas o empresas de una misma nacionalidad extranjera no podían concentrar más del 30% de ese 15%; un mismo titular extranjero no podía poseer más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo, o su equivalente en otras regiones; y se prohibía la venta a extranjeros de terrenos con cuerpos de agua relevantes, como lagos o ríos navegables, o ubicados en zonas de seguridad de frontera.
El reciente fallo de la Corte Suprema dejó firme la derogación de esas restricciones. Si Diputados rechaza el DNU y el Senado sostiene su voto previo, volvería a regir el régimen de protección del dominio nacional sobre las tierras rurales. El debate comprende el control de territorios productivos, fuentes de agua, fronteras y bienes comunes naturales.
Obras sociales y medicina prepaga
El DNU modificó las reglas de las obras sociales y empresas de medicina prepaga. Eliminó restricciones sobre los aumentos de las cuotas y redujo la intervención estatal en la fijación de precios. Antes del decreto, los incrementos estaban sometidos al régimen de autorización y regulación vigente.
La derogación del DNU restablecería las normas previas en los aspectos modificados, aunque su alcance dependerá de las regulaciones posteriores que hubieran alterado ese esquema. También podrían recuperarse las reglas anteriores para la derivación de aportes de los trabajadores, ya que el decreto había ampliado la competencia entre obras sociales y prepagas y la libertad de elección de los afiliados.
La discusión abarca tanto el valor de las cuotas como la circulación de los aportes salariales dentro del sistema de salud y el papel de la regulación estatal frente a la mercantilización del sector.
Empresas públicas y ANLAP
El decreto modificó el régimen de las empresas estatales y dispuso que las sociedades con participación estatal debían transformarse en sociedades anónimas “para su posterior privatización”. También derogó normas vinculadas con las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado y las Sociedades de Economía Mixta.
Si cae el DNU, volverían las figuras jurídicas anteriores en los puntos alcanzados por esas derogaciones, quitando una de las herramientas utilizadas para avanzar en la transformación y eventual privatización de compañías públicas. No obstante, ello no implicaría la anulación automática de todas las privatizaciones o procesos posteriores, ya que el Congreso sancionó otras normas sobre empresas estatales y privatizaciones.
Entre las leyes derogadas se encuentra la Ley 27.113, que creó la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos, ANLAP. El organismo tenía como finalidad articular y fortalecer la producción pública de medicamentos. La norma recuperaría vigencia si no existiera legislación posterior que la reemplazara.
Abastecimiento, góndolas y Compre Argentino
El DNU derogó la Ley 20.680 de Abastecimiento, que permitía al Estado intervenir frente a desabastecimiento, especulación o distorsiones graves del mercado. La norma contemplaba herramientas como precios de referencia, niveles máximos y mínimos para determinados productos y condiciones de comercialización. Su restitución no habilitaría una fijación automática de todos los precios, sino que restablecería una herramienta sujeta a supuestos y procedimientos concretos.
También fue derogada la Ley 27.545 de Góndolas, que buscaba limitar la concentración en supermercados, reservar espacios para productos de pymes y economías regionales, y establecer reglas de exhibición y transparencia de precios. Si el DNU es rechazado, la ley recuperaría vigencia en los puntos no regulados posteriormente.
Por otra parte, el decreto dejó sin efecto buena parte de la Ley 27.437 de Compre Argentino, que otorgaba preferencias a bienes y servicios nacionales en las compras y contrataciones estatales. La eventual caída del DNU restituiría esas preferencias en los artículos modificados o derogados, con impacto sobre grandes empresas y pymes que participan en licitaciones públicas.
Comercio exterior, internet y aviación
En materia de comercio exterior, el DNU modificó el Código Aduanero para facilitar importaciones y exportaciones. Entre sus cambios, eliminó el registro obligatorio para quienes realizan operaciones internacionales y restringió las facultades del Poder Ejecutivo para imponer limitaciones económicas al comercio. Milei resumió una de esas modificaciones con la frase: “Queda prohibido prohibir las exportaciones”. Si el decreto es derogado, volverían a regir las disposiciones previas en los puntos alcanzados.
El DNU también modificó la Ley Argentina Digital y declaró libre la provisión de facilidades de sistemas satelitales de comunicaciones. La medida facilitó la entrada de empresas como Starlink, de Elon Musk. La derogación del decreto dejaría sin vigencia ese cambio regulatorio, salvo que otra norma posterior establezca un régimen diferente. Esto no supone necesariamente que los servicios desaparezcan de manera inmediata, dado que las empresas cuentan con autorizaciones y relaciones jurídicas que requieren un análisis particular.
Asimismo, el decreto cambió el régimen aerocomercial y avanzó con la política de cielos abiertos. Modificó el Código Aeronáutico y otras normas de la actividad, además de habilitar la transferencia total o parcial del paquete accionario de Aerolíneas Argentinas a sus trabajadores mediante el Programa de Propiedad Participada. La caída del DNU afectaría ese marco de liberalización.
Yerba mate, crédito y trabajo
El DNU dispuso la disolución del Instituto Nacional de la Yerba Mate, INYM, organismo que regulaba distintos aspectos de la cadena yerbatera y tiene relevancia en la actividad productiva de Misiones. Si se deroga el decreto, la legislación que creó el Instituto volvería a estar vigente, salvo que exista otro marco posterior.
En el sistema financiero, el decreto liberó tasas bancarias y modificó la Ley de Tarjetas de Crédito, ampliando el margen de bancos y entidades financieras para definir las condiciones de sus operaciones. La eventual derogación restablecería el régimen anterior en los aspectos no modificados por normas posteriores, con consecuencias directas para quienes utilizan tarjetas, solicitan préstamos o financian consumos.
En materia laboral, el DNU introdujo cambios profundos en la Ley de Contrato de Trabajo y otras normas. Modificó el período de prueba, la registración laboral, las indemnizaciones por empleo no registrado, las condiciones de negociación colectiva y disposiciones sobre medidas de fuerza. También derogó la Ley 25.323 e introdujo modificaciones sobre empleo, trabajo agrario y casas particulares.
Sin embargo, el rechazo del DNU no implicaría que todo el régimen laboral regrese automáticamente al vigente antes del 10 de diciembre de 2023. El Congreso aprobó una reforma laboral posterior y existen causas judiciales sobre diversos artículos del decreto, por lo que deben distinguirse las reglas que aún dependen del DNU de aquellas modificadas posteriormente por nuevas leyes.
El debate parlamentario y la movilización
La Ley 26.122 regula el control legislativo de los decretos de necesidad y urgencia y establece que estos permanecen vigentes mientras no sean rechazados por ambas cámaras. Dado que el Senado ya se pronunció en contra en 2024, el voto negativo de Diputados completaría el procedimiento de derogación.
La sesión del 15 de octubre coincidirá con la Marcha Federal Universitaria e incluirá proyectos sobre emergencia en discapacidad y endeudamiento familiar. Si bien la convocatoria reunió firmas de legisladores de Unión por la Patria, el Frente de Izquierda, la Coalición Cívica, Encuentro Federal, sectores de Provincias Unidas y otros bloques, la suma inicial no alcanza los 129 diputados necesarios para abrir el recinto.
Cuatro diputados misioneros de Provincias Unidas, vinculados al gobernador Hugo Passalacqua, confirmaron que darán quórum y votarán contra el DNU. Entre los argumentos mencionaron el impacto del decreto sobre la regulación de la yerba mate y el INYM. Sin embargo, aún son necesarias otras adhesiones.
El artículo sostiene que la movilización puede presionar para garantizar el quórum, lograr el rechazo integral del decreto y evitar maniobras orientadas a preservar partes de la desregulación. El Gobierno, por su parte, analiza alternativas para conservar algunos efectos del DNU, entre ellas incorporar la cuestión de las tierras a proyectos legislativos que ya están en tratamiento.
También advierte que una eventual derogación no eliminaría automáticamente todo lo sucedido desde diciembre de 2023: los actos realizados durante la vigencia del DNU y los derechos adquiridos cuentan con protección jurídica. Para modificar retroactivamente esas consecuencias sería necesaria legislación específica.
La convocatoria del 15 de octubre se inscribe en una serie de acciones previas, como la Marcha de la Bronca del 19 de septiembre, la asamblea prevista para este viernes a las 17 horas en Parque Lezama y la movilización a Tribunales del martes 6 contra el fallo de la Corte Suprema sobre la Ley de Tierras. El objetivo planteado es que Diputados trate el decreto y vote su rechazo.
