Este jueves comienza el pago del Bono Invierno: Revisa si te corresponde y cuánto es el monto

Comienzan los Pagos del Beneficio No Postulable, Bono Invierno 2024

El jueves 2 de mayo marca el inicio de los pagos del Bono Invierno 2024, un beneficio no postulable que se entrega junto con la pensión correspondiente a este mes. Este beneficio va dirigido a los pensionados que cumplen con los criterios establecidos por la ley, y su valor este año es de $77.982, lo que representa un aumento del 4,3% respecto al año anterior.

A partir de hoy, las personas pueden consultar si son o no beneficiarios de este bono. Para ello, se ha habilitado el sitio del Instituto de Previsión Social (IPS) donde los interesados pueden ingresar su RUT y verificar si son elegibles para el beneficio.

Incremento en el Monto del Bono Invierno

Este año, el monto del Bono Invierno ha aumentado en comparación con el año anterior. La Ley 21.647, que regula los reajustes del sector público y otros beneficios, establece que el monto del Bono Invierno para 2024 es de $77.982, lo que supone un alza del 4,3% respecto a 2023, cuando el monto fue de $74.767.

Es importante destacar que, aunque el pago del Bono Invierno coincide con la pensión correspondiente al mes de mayo, este bono no se considera como parte de la pensión mensual habitual.

Requisitos para Recibir el Bono Invierno

A diferencia de otros subsidios estatales, el Bono Invierno no requiere postulación y se otorga a aquellos que cumplen con los criterios establecidos por la ley. Este beneficio no es considerado como ingreso tributable ni está sujeto a descuentos.

Según el Instituto de Previsión Social (IPS), pueden acceder al Bono Invierno aquellas personas que tienen 65 años o más, cumplidos al 1 de mayo de 2024, y cumplen con los siguientes criterios:

  • Personas pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Dipreca, Capredena y Mutualidades de empleadores de la Ley N°16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, siempre que tengan una pensión inferior o igual $212.406.
  • Pensionados del Sistema de AFP que perciban pensiones mínimas con garantía estatal.
  • Personas pensionadas de AFP o compañías de seguros que perciban el Aporte Previsional Solidario de Vejez, y cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $201.677.
  • Beneficiarios de la PGU que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional. Es decir, que reciban solo la PGU.
  • Pensionados de AFP y compañías de seguros que reciban la PGU, y cuyas pensiones sean inferiores o iguales a $212.406.

Exclusiones del Bono Invierno

El IPS también detalla a quiénes no aplica este beneficio:

  • Quienes reciben más de una pensión (incluido el seguro social de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y las pensiones de gracia). Salvo si la suma de esas pensiones es igual o menor a una pensión mínima de vejez ($212.406,55 reajustables en septiembre de cada año) para personas de 75 años o más.
  • Titulares del Subsidio de Discapacidad, ya que no están contemplados en la ley y porque no cumplen con el requisito de edad (el subsidio está dirigido a las personas menores de 18 años, según el artículo 35 de la Ley Nº 20.255).
  • Titulares de indemnización del carbón (artículos 11 y 12 de la Ley Nº 19.129), ya que no están contemplados en la ley. Si estos titulares reciben alguna otra pensión, tampoco pueden acceder al Bono de Invierno, a pesar de que sumen menos del tope definido.

La llegada del invierno trae consigo una serie de gastos adicionales, especialmente para las personas mayores. Con el Bono Invierno, el estado busca aportar un poco de alivio a estas personas, ayudándoles a cubrir dichos gastos y asegurando su bienestar durante la estación más fría del año.

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