Parricidio en Los Vilos: El miércoles pasado se llevó a cabo la audiencia formal del hombre acusado de parricidio que conmocionó a la comunidad de Los Vilos el pasado 19 de mayo. El acusado, un adulto mayor de 67 años identificado con las iniciales H.M.R.V., confesó a testigos y a personal de Carabineros haber asesinado a su madre, una mujer de 89 años.
Según los antecedentes presentados en la audiencia, el acusado habría atacado a su madre con golpes de pies y puños, aplicándole corriente y golpeándola con un cajón de madera. A pesar de la gravedad de estas acusaciones, el hombre alegó que cometió el crimen porque su madre «lo pidió».
Sin embargo, esta afirmación fue contradicha por la evidencia presentada en la audiencia. La víctima, según los informes, estaba postrada y sin capacidad de habla debido a un accidente cerebrovascular que había sufrido cuatro meses antes del incidente y durante ese tiempo estuvo al cuidado de su hijo, el acusado.
El informe forense que la Fiscalía estaba esperando reveló que la causa de la muerte fue un «politraumatismo complicado«. Además, las últimas lesiones en la región del tórax de la víctima mostraban «infiltración sanguínea», lo que indica que la mujer estuvo viva durante todo el ataque.
En base a esta evidencia, la Fiscalía formalizó al acusado por parricidio y solicitó la medida cautelar de prisión preventiva, citando el peligro que representaba para la sociedad.
Antecedentes psiquiátricos
La defensa del acusado se opuso a la petición de la Fiscalía y solicitó a la jueza la suspensión del caso, citando el artículo 458 del Código Penal, que se refiere a la enajenación mental. Según la defensa, el acusado tiene antecedentes de problemas psiquiátricos y una baja capacidad para comprender las indicaciones del tribunal.
El abogado defensor leyó un documento certificado por un psiquiatra, que revela que el acusado tiene «lesiones microbiopáticas compatibles con cambios degenerativos cerebrales». El documento también indica que el acusado muestra signos de angustia, lenguaje incoherente y repetitivo, pensamiento disperso y alucinaciones auditivas.
A pesar de estas alegaciones, la jueza Daniella Pinto desestimó la solicitud de suspensión del caso. Según ella, se necesitaría un diagnóstico preciso para la presunción de enajenación mental, y los antecedentes presentados no eran suficientes para cumplir con este requisito.
Decisión de la Jueza
Después de negar la suspensión del caso, la jueza Pinto rechazó la solicitud de la defensa de arresto domiciliario total y decretó la prisión preventiva para el acusado. La jueza basó su decisión en la gravedad del delito, que podría resultar en una sentencia de presidio perpetuo calificado si se llega a una condena.
La jueza Pinto también estableció un plazo de 120 días para la investigación de los hechos y ordenó que el acusado fuera ingresado en el hospital del Complejo Penitenciario de La Serena para observación y a la espera de nuevas audiencias sobre su presunta inimputabilidad.