El gobierno regional de Coquimbo, Chile, se encuentra en un estado de incertidumbre debido a la reciente suspensión de su gobernadora, Krist Naranjo Peñaloza. El viernes pasado, la Corte Suprema emitió su fallo sobre la sanción impuesta por la Contraloría a la gobernadora, confirmando la suspensión pero reduciéndola a dos meses. La suspensión se debe a las faltas cometidas por mal uso de un vehículo fiscal, las cuales han sido investigadas desde 2022.
La presencia de Naranjo Peñaloza en las oficinas del Gobierno Regional (GORE) el lunes causó cierta confusión. En una conferencia de prensa, la gobernadora afirmó que no había sido notificada de la sentencia y calificó la misma de «poco clara» en cuanto a cómo debería cumplirse la sanción. A medida que avanzaba el día, las dudas en torno al caso comenzaron a esclarecerse, revelando la complejidad de lidiar con un cargo de elección popular nuevo.
Los consejeros regionales, que han liderado de manera unánime la búsqueda de sanciones contra la independiente y ecologista Naranjo Peñaloza, también han expresado su preocupación. Tras realizar consultas con diversas entidades y no obtener respuestas claras, han instado a la institucionalidad a resolver la situación lo más pronto posible. Javier Vega, uno de los consejeros, afirmó: «No podemos vivir en un gobierno regional irregular».
El abogado de Naranjo, Isidro Solís, también habló sobre el proceso en una entrevista con El Día. Aunque confirmó que no habían sido notificados formalmente de la sanción, Solís argumentó que se habían notificado «tácitamente» al presentar un recurso de aclaración a la Corte Suprema. También planteó preguntas sobre quién notificaría la sentencia y cómo se haría, señalando que la ley que creó el cargo de los gobernadores regionales dejó «muchos vacíos sobre el procedimiento».
Solís también cuestionó la facultad de la Contraloría para imponer sanciones disciplinarias y ordenar su cumplimiento. Según él, existen «reglas especiales» para la imposición de sanciones disciplinarias en cargos de elección popular como el de gobernadora, que deberían ser impuestas por la Justicia Electoral, específicamente por el Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL). Este argumento fue rechazado por la Corte Suprema en su fallo del 21 de junio, en el que se afirmó que la facultad sancionadora en casos de infracción a la normativa fiscal corresponde directamente a la Contraloría.
El diputado Ricardo Cifuentes, quien desempeñó un papel importante en la creación del cargo de gobernador regional, describió la situación como «un problema más bien administrativo». Añadió que la normativa chilena establece las formas en que un gobernador puede ser incluso destituido, pero quedó «incompleta», lo que impidió también presentar una acusación constitucional. No obstante, Cifuentes recalcó que «la norma existe» y que la Corte Suprema «debió haber hecho una resolución en el mismo sentido en que se destituye un alcalde, porque la ley los hace similares».
Sin embargo, expertos legales como María José Lira, académica de la Universidad Central y experta en derecho administrativo, y la abogada Sandra Rivera, han calificado la táctica de la defensa de Naranjo como dilatoria y en última instancia, ineficaz. Lira sostiene que la Contraloría debe emitir un nuevo acto administrativo ordenando el cumplimiento de la suspensión, y que el TRICEL no tiene jurisdicción en casos de mal uso de vehículos fiscales. Mientras tanto, Rivera calificó la presentación de Naranjo como «una acción inoficiosa y netamente dilatoria», alegando que es una táctica para prolongar la ejecución de la sentencia.
