Existe una profunda molestia y dolor entre los familiares y amigos de Alejandro Ponce, el joven secuestrado y asesinado en la comuna de Paihuano en noviembre de 2022. La causa de esta indignación se debe a que la Corte de Apelaciones de La Serena, en un fallo unánime, acogió los recursos de nulidad presentados en favor de los condenados por este caso: W.E.I.R. («el Quique»), A.N.C.N. («el Pato»), S.I.P.H. («el Barba») y A.A.M.C., anulando así sus sentencias.
Este fallo obliga al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena a llevar a cabo un nuevo proceso judicial para los cuatro acusados por el delito de secuestro con homicidio, con jueces no inhabilitados. Aunque se rechazaron los recursos de nulidad presentados por las defensas contra la sentencia que condenó al principal inculpado, J.S.M.O. («el Chaca»), a la pena de presidio perpetuo calificado en calidad de autor del delito consumado de secuestro con homicidio, y a G.I.A.M. y C.E.M.C. a 5 y 3 años de presidio respectivamente, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva como encubridores del homicidio de Ponce, los familiares del joven asesinado expresan que un nuevo juicio reabrirá una herida que consideraban cerrada.
REDUCIR O AUMENTAR CONDENAS
La abogada de la familia, Cecilia Álvarez, señala que el juicio partirá desde cero, tanto para la parte querellante como para las defensas de los acusados. “Volvemos al mismo estado procesal en el que estábamos antes del juicio. El Ministerio Público y nosotros, como querellantes, comenzaremos de nuevo con otros tres jueces, ya que los anteriores no pueden participar. Estos nuevos jueces iniciarán la causa sin ningún antecedente previo”, afirmó la profesional.
Ello se traduce en que “los jueces desconocen los detalles o las declaraciones de testigos anteriores. Además, un imputado podría optar por guardar silencio ahora, pese a haber declarado en el juicio previo. El Ministerio Público podría presentar pruebas que ofreció en el juicio anterior y no utilizó, como un testigo que antes no quiso hablar y ahora sí. Aunque los jueces sepan que es un juicio anulado con personas ya condenadas, no tendrán antecedentes sobre por qué se les condenó”, explicó Álvarez.
La abogada enfatizó que la nulidad del juicio no implica que el tribunal deba reducir las condenas, pues en estos nuevos juicios a veces se alcanzan penas más altas que las del proceso inicial. Destacó que «el Chaca» mantenga su condena de presidio perpetuo calificado, pues “no era un secreto para nadie que él era el principal implicado en los hechos; ideó, coordinó y planeó todo. Por lo tanto, lograr un presidio perpetuo calificado fue el resultado de una larga investigación que confirmó que los imputados participaron en los hechos tal como lo planteamos”, manifestó.
SENTENCIA JUSTA
Para la defensora penal pública de La Serena, Bárbara Zúñiga, quien presentó uno de los recursos de nulidad a favor de sus representados – «el Barba» y «el Pato» – dicha acción se basa en que la fundamentación del fallo infringe las normas de la lógica, específicamente en la vertiente de la razón suficiente, al entender que la valoración de la prueba por parte del tribunal no fue adecuada.
“Realizaremos una alegación conjunta para instar por una recalificación del delito, argumentando que la participación de mis representados corresponde a un secuestro simple y no al resultado de homicidio, ya que este fue provocado por otra persona («el Chaca»), cuya sentencia no fue anulada. En definitiva, se busca una sentencia justa acorde a su participación, lo que implicaría una pena considerablemente menor que la impuesta en la primera instancia”, concluyó Zúñiga.
